Análisis de la Ley para la Devolución de Aportes Realizados al Sistema Integral de Pensiones en Bolivia.
Por Gustavo Marcelo Rodríguez Cáceres
Introducción
La “Ley para devolución parcial o total de aportes” realizados al sistema de pensiones, según han manifestado las personas que se han movilizado para conseguirla, y según lo han argumentado los parlamentarios del oficialismo y la oposición, así como las autoridades gubernamentales relacionadas con esta materia, será beneficiosa para los asegurados que opten por retirar dichos aportes, porque les ayudará a enfrentar los problemas económicos generados por la pandemia y, además, también apuntalará la reactivación económica que el país tanto necesita.
¿Cuán ciertas son estas aseveraciones? Para responder esta interrogante, en el presente documento se realiza la revisión detallada del alcance de la Ley, un cálculo real de sus efectos en los montos de pensión, así como su impacto en la seguridad social de largo plazo en Bolivia; también se hace referencia, de manera sucinta, al impacto de esta medida en el sistema financiero y la economía nacional.
Los resultados obtenidos del análisis, como podrá verse más adelante, contradicen las aseveraciones de quienes han promovido y aprobado la devolución de aportes; de hecho, la evidencia muestra que la medida genera más perjuicios que beneficios para los asegurados y para la seguridad social en Bolivia.
La devolución de aportes no es un asunto menor porque involucra al 61% del total de inscritos en el Sistema Integral de Pensiones (SIP), y porque amenaza con reducir —aún más— la cobertura del sistema, así como la calidad y cuantía de las prestaciones que brinda. Por estos motivos, a fin de contener los efectos negativos de esta medida, urge promover el análisis documentado y la discusión informada entre todos los asegurados y sus organizaciones. Para el efecto, anexamos al presente análisis, los principales documentos que han dado lugar a la medida, así como la Ley y el Reglamento en que se plasma.
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